Tuesday, August 29, 2006

 

PEPIÑO, LA MISIÓN EN EL LÍBANO Y LA MISIÓN EN IRAK (o cómo tomarnos por bobos)

"Esta misión [La de España en el Líbano], subrayó Jo Blanco, se desarrolla con todas las garantías de legalidad, “una gran diferencia que los españoles saben apreciar”, en comparación a la anterior guerra de Irak."

'Yo le diría al señor Rajoy, apuntó, que la presencia de Naciones Unidas en el Líbano supone poner fin a la foto de las Azores, a la guerra preventiva, aliarse bajo el amparo de la ONU para conseguir la paz." (José Blanco dixit)

Desde ciertas posturas ideológicas se ha conseguido hacer bueno el dicho de que una mentira repetida mil veces pasa a ser verdad. Es así como una gran parte de los españoles creen que España participó en la Guerra de Irak: falso de toda falsedad.



La misión española en Irak se llevó a cabo bajo el amparo de las resoluciones de la ONU. Y realmente fue Zapatero el que incumplió los compromisos internacionales adquiridos por España al sacar las tropas antes del 30 de junio (incumpliendo de rebote su promesa preelectoral de mantenerlas hasta dicha fecha; El País 12/2/2004). Así, las tropas españolas acudieron a Irak bajo autorización expresa de la ONU, a través de las resoluciones 1483 y 1511 del Consejo de Seguridad y salieron contra el criterio de la ONU. Pero no sólo eso: salieron ¡contra el propio criterio del Gobierno español del PSOE! Efectivamente, poco después de sacar las tropas, España, bajo la Presidencia de ZP, votó a favor de una resolución (1546) de la ONU ¡en la que afirmaban que era esencial para Irak que se mantuvieran las tropas! Ver para creer.



Es decir, en realidad quien se distanció de las peticiones expresas de la ONU fue Rodríguez Zapatero y el PSOE y no el PP. Por tanto, tiene razón Blanco al decir que al atender las peticiones de la ONU para con el Líbano España vuelve en el ámbito internacional a trabajar con la ONU... pero es una vuelta desde la tan manida foto de las Azores, sino desde la retirada de tropas (deprisa y corriendo) de Irak que ordenó Zapatero.



Así que Pepiño haría bien en dejar de tomarnos por bobos con las ya rancias monsergas sobre Irak y preocuparse en cambio de que su partido diseñe una política internacional coherente en lugar de ir de Castro a Chávez, de Chávez a Kirchner y de Kirchner al pañuelito palestino del Presidente.



Saludos cordiales,

RESOLUCIÓN 1483 DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA ONU

Tomando conocimiento de la carta de 8 de mayo de 2003 dirigida a su Presidente por los Representantes Permanentes de los Estados Unidos de América y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (S/2003/538) y reconociendo la autoridad, la responsabilidad y las obligaciones específicas que, en virtud del derecho internacional aplicable, corresponden a esos Estados en su calidad de potencias ocupantes bajo un mando unificado (la “Autoridad”), Señalando además que otros Estados que no son potencias ocupantes están
realizando tareas, o quizás lo hagan en el futuro, en el marco de la Autoridad,

Observando complacido además que hay Estados Miembros dispuestos a contribuir a la estabilidad y seguridad en el Iraq mediante la aportación de personal, equipo y otros recursos en el marco de la Autoridad,

Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,

1. Hace un llamamiento a los Estados Miembros y las organizaciones interesadas para que ayuden al pueblo del Iraq en la labor de reformar sus instituciones y reconstruir su país y contribuyan a que existan en el Iraq condiciones de estabilidad y seguridad de conformidad con la presente resolución; […]

4. Insta a la Autoridad a que, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y otras normas pertinentes del derecho internacional, promueva el bienestar del pueblo iraquí mediante la administración efectiva del territorio, en particular tratando de restablecer condiciones de seguridad y estabilidad y de crear condiciones en que el pueblo iraquí pueda decidir libremente su propio futuro político; […]

26. Insta a los Estados Miembros y a las organizaciones internacionales y regionales a que contribuyan a la aplicación de la presente resolución;

RESOLUCIÓN 1511 DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA ONU

“Reconociendo que el apoyo internacional para el restablecimiento de las condiciones de estabilidad y seguridad es esencial para el bienestar del pueblo del Iraq y para la capacidad de todos los interesados de llevar a cabo su labor en nombre del pueblo del Iraq, y acogiendo con satisfacción las contribuciones que los Estados Miembros hagan a este respecto en virtud de la resolución 1483 (2003),

Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,

1. Reafirma la soberanía y la integridad territorial del Iraq y subraya en ese contexto que la Autoridad Provisional de la Coalición (la Autoridad) se hace cargo con carácter temporal de las funciones, atribuciones y obligaciones específicas en virtud del derecho internacional aplicable reconocidas y establecidas en la resolución 1483 (2003), que cesarán cuando un gobierno representativo y reconocido internacionalmente, establecido por el pueblo del Iraq, preste juramento y asuma las funciones de la Autoridad, entre otras cosas, mediante las disposiciones previstas en los párrafos 4 a 7 y 10 infra;

13. Determina que la provisión de seguridad y estabilidad es esencial para llevar a buen término el proceso político indicado en el párrafo 7 supra y para la capacidad de las Naciones Unidas de contribuir eficazmente a ese proceso y a la aplicación de la resolución 1483 (2003), y autoriza a una fuerza multinacional bajo mando unificado a que tome todas las medidas necesarias para contribuir al mantenimiento de la seguridad y la estabilidad en el Iraq, incluso con el fin de asegurar las condiciones necesarias para la aplicación del calendario y el programa y para contribuir a la seguridad de la Misión de las Naciones Unidas de Asistencia para el Iraq, el Consejo de Gobierno del Iraq, y otras instituciones de la administración provisional iraquí, y la infraestructura humanitaria y económica fundamental;

14. Insta a los Estados Miembros a que presten asistencia en virtud del presente mandato de las Naciones Unidas, incluso fuerzas militares, a la fuerza multinacional mencionada en el párrafo 13 supra;”

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